
A partir de ahora, las entidades bancarias y cajas de ahorros ya no necesitaran que el Banco de España les autorice previamente a lanzar sus campañas publicitarias de sus productos y servicios bancarios, dirigida a clientes actuales o potenciales.
Esto se evitara debido a solo bastará con que esa información cumpla todos los requisitos generales que fueron fijados por el supervisor bancario.
Esto fue informado por el Banco de España mediante un boletín económico, que fue publicado la semana pasada, en el mismo se dice que la autorización previa se ha sustituido en una orden del Ministerio de Economía y Hacienda por un sistema de control de la publicidad sobre productos y servicios bancarios de forma preventiva y otro revisor, que entró en vigor el 30 de junio.
Así, el supervisor establece los principios generales a los cuales deberá ajustarse a la publicidad y los criterios sobre el contenido mínimo y el formato del mensaje publicitario.
Sorry, comments for this entry are closed at this time.